Entrevista a Paula Lenguita*

-M: ¿Qué cambios se observan entre las formas previas de teletrabajo y el teletrabajo masivo impuesto por la situación de emergencia sanitaria?

-PL: Las formas previas de teletrabajo que estudié hace aproximadamente una década atrás se centraban en una industria informática y también en el sector de la prensa y el periodismo digital. Allí había muchísima más precariedad. El cambio notable a partir de la pandemia y de la masificación del teletrabajo está en la administración. Efectivamente, el teletrabajo empezó a ser un recurso organizativo en la administración pública y privada. Ese es el salto de calidad y que va a dar seguramente nuevos resultados y nuevas resultantes a partir de esta transformación. Muchos circuitos, incluso en la administración pública, van a continuar con un esquema, ya sea mixto o de teletrabajo, de manera permanente. Esa es una realidad que se despertó en este tiempo, en este año y medio, y va a proseguir.

-M: ¿Entonces, la pandemia  aceleró el proceso de transición entre las formas de teletrabajo tradicionales?

-PL: Sin este cambio de naturaleza mundial, el teletrabajo no se hubiera impuesto de manera tan acelerada. Porque para el patrón requiere un riesgo la falta de supervisión directa al puesto de trabajo. Y eso, en los hechos, trajo mucha confusión al inicio, porque fue bastante intempestiva la modalidad. Pero rápidamente se volvió una disciplina, una organización más rígida para el funcionamiento efectivo. Ese riesgo es el límite que para el patrón significaba incorporar la modalidad de manera permanente. Lo impuso la pandemia. Y efectivamente, se probó, funciona y por lo tanto se va a mantener en muchos oficios, en muchos trabajos, en muchas industrias, sobre todo en la parte administrativa.

-M: ¿Cuáles son los puntos sobresalientes y controvertidos, y qué aspectos consideras más significativos de esta nueva ley?

-PL: La ley, lo más significativo es –no solamente que mantiene el principio de derecho de la jornada de trabajo tradicional del derecho laboral a partir de la idea de teledisponibilidad– sino que hay un derecho a la desconexión en la nueva ley, que es una supervivencia del derecho laboral a una jornada establecida, y cualquier límite sobre esa jornada preestablecida supone horas laborales extraordinarias y una paga adicional. Esto lo mantiene la ley. En lo otro que innova es en el establecimiento de la condición de la convivencia entre el trabajo asalariado y el trabajo no remunerado doméstico. Ahí, si bien hay una explicación de que esto pueda suceder, se plantea la idea de una renegociación en esa yuxtaposición de dos tareas bien distintas. Pero no hay un recupero de qué hacer con esa yuxtaposición. Es decir, cómo van a convivir el tiempo de trabajo remunerado en el sitio que es el hogar donde se realiza la tarea. Ahí hay un agujero todavía negro en términos legales, porque supone un acuerdo entre partes, y con la diferencia no de la parte laboral en términos de desventaja con quien lo contrata o el patrón. Pero por lo menos la ley se ajusta a una realidad que antes era totalmente invisibilizada, que es la convivencia entre el trabajo asalariado y no asalariado en el mundo doméstico.

-M: ¿Cómo se presenta el futuro del teletrabajo en Argentina?

-PL: Respecto a la última pregunta, no sólo en Argentina, tenemos que pensar que el mercado laboral en los países periféricos latinoamericanos va a profundizar la precariedad y la sobreexplotación. No, es que son los riesgos más claves del teletrabajo. El teletrabajo, hace diez años yo lo veía y supongo que se está reproduciendo ahora de manera masiva, entre una grieta muy confusa para el derecho laboral, que es la la autoexplotación; es decir, la venta de un servicio laboral, sino una relación de dependencia. Ese riesgo sigue existiendo más allá de la ley, por lo que decía, y hay obstáculos en el modus operandi. El hecho efectivo del desarrollo de la tarea en el lugar de trabajo queda muy invisibilizada para la judicialización y para la inspección laboral. Ese es el riesgo profundo que veo en países como Argentina, donde su mercado de trabajo está deteriorándose. La ley se ajusta a una vieja tradición de derechos laborales que sí atiende en la Argentina, a diferencia de los otros países latinoamericanos, con esas dos ventajas desde el punto de vista mantener el derecho laboral. Sin embargo, la práctica oculta en el hogar de la relación laboral genera, y va a seguir generando en el futuro perjuicios para para sostener, fundar y robustecer esos derechos

Bueno, muchas gracias a ustedes por la entrevista. Márgenes es una revista que leo, sigo y me gustaría en el futuro seguir haciendo aportes.

*Paula Lenguita es investigadora independiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y Coordinadora del Programa de Estudios Críticos sobre el Movimiento Obrero del CEIL (Centro de Estudios e Investigaciones Laborales) del CONICET. Es Socióloga y Doctora en Ciencias Sociales por la Universidad de Buenos Aires. Actualmente, estudia la problemática de la memoria obrera y la militancia gremial en la segunda mitad de los años sesenta y primera mitad de los años setenta, desde una perspectiva internacional.

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